Monday, November 28, 2005

!!!EL PUNTO FINAL, NO PASARÁ¡¡¡

A los Ex-prisioneros de guerra de Valparaíso, extensivo a las personas Calificadas en la Lista Nacional de la Comisión Valech.

Compañeras y compañeros:


Me veo en la obligación de denunciar lo que sospecho es la Gran Mentira del "Fin del Período de Transición en Chile", como está siendo anunciado por la "Clase Política Chilena". Esta Mentira es una burla para todos, ya que la Comisión Valech recolectó suficientes antecedentes como para avalar una denuncia por Crímenes de Guerra de Lesa Humanidad. El hecho de que los antecedentes que todos uds. presentaron a la Comisión hayan sido declarados secretos por al menos 50 años, es un claro indicio de ocultamiento y de ENCUBRIMIENTO, lo que constituye un grave delito de acuerdo a la Ley Internacional.



He asumido la responsabilidad personal de divulgar mis sospechas, avalado por la denuncia que acabo de presentar el día lunes 14 de noviembre de 2005, ante la COMISION DE DERECHOS HUMANOS DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS, en la cual solicito una Comisión Investigadora sobre las Infracciones Graves al Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra. Las Infracciones Graves que estoy denunciando NO PUEDEN SER AMNISTIADAS y quienes pretendan hacerlo, por la vía que sea, estarán a su vez cometiendo un grave crimen que estoy dispuesto a denunciar ante los Tribunales Internacionales. ES MI DECISIÓN IRREVOCABLE, aunque tenga que denunciar como ENCUBRIDORES a los tres gobiernos de la Concertación.


Al respecto quiero informarles lo siguiente:



1.- Retorné a Chile el año 1992. No lo pude hacer antes por estar involucrado en un juicio de divorcio en Londres, con orden de arraigo en Inglaterra. Al momento en que se dictó el Decreto Absoluto de Divorcio, lo que ocurrió el 29 de enero de 1992, me vine inmediatamente a Chile. Esto fue el 20 de febrero de 1992.



2.- El Presidente Patricio Aylwin, que había creado la Comisión Verdad y Justicia, conocida como La Comisión Rettig, que en su Informe Final constató la Lista de Personas asesinadas y/o desaparecidas por los Servicios de Inteligencia de la Junta Militar, pretendió después de publicar el Informe y de hablar por Televisión soltando algunos lagrimones de hipócrita, dictar una Ley de Punto Final. Sólo la acción decidida, a nivel nacional, de los Comités de Derechos Humanos que aún existían en Chile y la actuación admirable de los Familiares de Detenidos Desaparecidos, impidió que se consumara esa TRAICION. Actualmente Aylwin ha dicho que "la solución a los problemas pendientes de derechos humanos sólo se producirá a medida que los involucradas se vayan muriendo". Como uds. pueden apreciar es la gran solución para quienes quieren SILENCIAR NUESTRO TESTIMONIO HISTORICO.



3.- El Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle, que creó la Mesa de Diálogo, también pretendió imponer una Ley de Punto Final, sólo que antes de hacerlo logró que la Vicaría de la Solidaridad disolviera toda la red de Comités de Derechos Humanos en el país. Era el año 1997. En noviembre de este año, un grupo de ex-dirigentes de la Unidad Popular en Valparaíso, que fuimos prisioneros de guerra, creamos el Cïrculo de Ex-Prisioneros de Guerra de Valparaíso. Intentamos obtener Personalidad Jurídica, pero el decreto aún duerme en algún cajón del Ministerio del Interior. Lo importante, publicamos el 25 de noviembre una Declaración del Círculo que hicimos circular en la base de los partidos de la Concertación, especialmente en el Partido Socialista. La oposición de la base política a la iniciativa de Ley de Punto Final logró derrotar a Frei Ruiz-Tagle y sus famosas frases para el bronce: "No nos quedemos encadenados al pasado", "Hay que mirar el futuro y olvidar el pasado". Muy bonitas frases para la derecha política y para los criminales de guerra, que lo habrán hecho llorar lágrimas de sangre, cuando tuvo que pedir que se "investigara el presunto asesinato de su propio padre, el Ex-presidente don Eduardo Frei Montalva".



¡Qué distinto es cuando te toca VIVIR los efectos de la represión!

4.- El presidente Ricardo Lagos Escobar creó por D.S. 1.040, la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, más conocida como la Comisión Valech. Creo que la mayoría de uds. presentaron a ella sus antecedentes, yo también lo hice. NO fueron testimonios ANÓNIMOS y la decisión que se supiera LA VERDAD, era para nosotros más importante que cualquier compensación AUSTERA Y SIMBÓLICA, o la pensión escuálida que se asignó a quienes fuimos Calificados.


5.- Sin embargo, lo más importante fue que "TODOS LOS ANTECEDENTES PRESENTADOS FUERON DECLARADOS SECRETOS POR AL MENOS 50 AÑOS". Increíble, pero CIERTO. Además, circulan los infaltables rumores de que se estaría preparando una nueva iniciativa de PUNTO FINAL, que se disfrazaría como la "APLICACIÓN DE LA LEY CHILENA DE PARTE DE LAS INSTITUCIONES QUE FUNCIONAN EN FORMA INDEPENDIENTE EN CHILE".


Es decir, los Tribunales de Justicia estarían dispuestos a aplicar la AMNISTIA del Decreto Ley 2191, a todas las causas pendientes de Derechos Humanos. UNA GRAN FORMA DE PUNTO FINAL, sobre todo para la Clase Política Chilena y en especial, para los políticos de la Concertación.


6.- Recuerden uds. que cuando Pinochet fue detenido en Londres, el Gobierno de Frei Ruiz-Tagle con José Miguel Inzulza liderando las negociaciones, logró que el Dictador fuera devuelto a Chile y que los Tribunales de Justicia se negaran a procesarlo por razones de salud.


Hoy día Pinochet ha sido careado con el Mamo Contreras y, además, el General Iturriaga, que dirigiera el Departamento Exterior de la DINA, (responsable de los asesinatos del General Prats y su esposa en Buenos Aires, Argentina; de don Orlando Letelier y Ronnie Moffit en Washington DC, USA: y del intento de asesinato de don Bernardo Leighton y su esposa en Roma, Italia) aparece entrevistado en TVN reclamando indignado, la violación de SUS DERECHOS HUMANOS porque no se ha aplicado ni la Amnistía, ni la Prescripción por tiempo, a las causas por Secuestro Permanente que están investigando los Tribunales de Justicia.


7.- El Presidente Lagos ya otorgó un beneficio de Indulto a uno de los responsables del asesinato de TUCAPEL JIMENEZ, lo hizo calladamente, pero al final se supo, dijo que lo había hecho por razones humanitarias. El nombre del beneficiado MANUEL CONTRERAS DONAIRE, NO el Mamo Contreras, pero ya se está cerca, como uds. pueden ver.


8.- Todas las razones que he expuestos me han llevado a la decisión de redactar y presentar a la Cámara de Diputados, el documento en el cual no sólo denuncio la Infracciones Graves al Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra, sino que también "solicito respetuosamente" que se forme una COMISIÖN NVESTIGADORA DE ESA CAMARA, sobre los Crímenes de Guerra allí denunciados.

Compañeras y compañeros, sé que los desengaños y frustraciones han sido fuertes, muy fuertes, pero debo atreverme a pedirles a uds., una vez más, un gran esfuerzo, como lo hicieron muchos de los ex-prisioneros de guerra de Valparaíso, cuando estuvieron dispuestos "a jugárselas en defensa del Gobierno del Presidente Allende, nuestro querido Presidente". Les pido, les solicito respetuosamente, que una vez más recuerden "a pesar del dolor" y vuelvan a escribir sus testimonios, esta vez en el formato del documento que les envío, con sus propios nombres, con sus propias experiencias, con sus denuncias y sus esperanzas, UNA VEZ MÁS.


Será el TESTIMONIO DE LOS QUE NO CLAUDICAN, DE LOS QUE NO SE RINDEN, PESE A LA TRAICIÓN Y A LA COBARDIA DE MUCHOS.....Llenen el documento y envíenlo a la COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CÄMARA DE DIPUTADOS. Si pueden hacerlo acompañen una copia al Consulado de Chile, para que ahí les pongan un timbre de recepción del documento.


Me despido con la frase que hemos colocado como central en el tema que nos preocupa: "JAMÁS OLVIDAREMOS A LOS CAIDOS, ELLOS ESTARÁN SIEMPRE CON NOSOTROS, EN NUESTRA MEMORIA Y EN LA DE NUESTROS HIJOS Y NIETOS". No importa que un ex-presidente de la República de Chile como Patricio Aylwin, diga que todo se acaba al morir nosotros..., NO, no es cierto, nuestros hijos y nuestro nietos....seguirán luchando por LA VERDAD, TODA LA VERDAD Y NADA MÁS QUE LA VERDAD.



Hasta Pronto compañeras y compañeros y desde el corazón....gracias por el gran esfuerzo que hacen "recordando lo que ya deberíamos estar olvidando".... si hubiera habido verdad y justicia a tiempo.



Roberto Sapiains Rodríguez

Ex-prisionero de guerra de Valparaíso.

SOLICITA COMISIÓN INVESTIGADORA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS


A partir de la presentación hecha por Roberto Sapiains ante la Cámara de Diputados, solicitando una Comisión Investigadora para las violaciones a los derechos humanos cometidos en estado de guerra interna y que por ser violaciones graves son imprescriptibles, se ha generado una reacción en cadena de muchas personas en situación similar, que ven en esta vía una manera de exigir una reparación e impedir que se aplique un punto final en esta materia.

CAMPAÑA INTERNACIONAL EN CONTRA DE UN PUNTO FINAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS EN CHILE

EL CÍRCULO DE EX-PRISIONEROS DE GUERRA DE
VALPARAÍSO

A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL

La comparecencia del Auditor General del Ejército de Chile ante el Juez Español Manuel García Castellón, corresponde a una Misión Oficial que estaba en previo conocimiento de las autoridades de gobierno de nuestro país como lo ha reconocido públicamente el Sub-Secretario de Guerra Mario Fernández, quien declaró a Las Ultimas Noticias de fecha 22 de octubre de 1997: "que el Ejército le informó en su oportunidad que el Auditor General Fernando Torres Silva viajaría a España para dar a conocer puntos de vista de la Institución respecto del juicio que se sigue contra el General Pinochet y los otros ex-miembros de la Junta Militar de Gobierno".

Queda así establecido, como un hecho de la causa, que esta actuación del Auditor General del Ejército reconoce oficialmente la “competencia de la Justicia Española para juzgar los casos de Violación a la Ley Internacional ocurridos durante la Dictadura Militar, tanto en Chile como en el extranjero”.

Ante este importante cambio de la situación legal los Ex-Prisioneros de Guerra de Valparaíso, tenemos la obligación de dar a conocer los antecedentes que obran en nuestro poder, los cuales contribuirán a definir la posición oficial de nuestra Organización, tanto ante la opinión pública nacional e internacional
como frente al Gobierno de Chile y a los Organismos Internacionales
.

CONSIDERANDO:

• Que el 11 de Septiembre de 1973 el Mando Institucional de las Fuerzas Armadas y de Carabineros de Chile, salvo honrosas excepciones, traicionó su juramento de lealtad a la Constitución de 1925, vigente a esa fecha, alzándose a mano armada contra el Gobierno legalmente constituido, promoviendo la Guerra Civil y rebelándose contra su Superior Jerárquico, el Jefe Supremo de la Nación que, de acuerdo a esa misma Constitución, era el Presidente de la República Doctor Salvador Allende Gossens.

• Que en los planes de la Junta Militar, constituida por los Jefes Institucionales Rebeldes, se contemplaba el ataque masivo por aire y tierra contra el Palacio de La Moneda, sede del Gobierno Constitucional, para lograr el derrocamiento del Presidente Allende y, además, se incluía una Ofensiva Generalizada contra todos los ciudadanos que habían participado en la gestión del Presidente Allende o que eran miembros de los partidos de la Unidad Popular y que fueron Calificados como “el Enemigo Interno”.

• Que para legitimar esa Ofensiva Generalizada uno de los primeros actos de la Junta Militar, en uso de la "potestad legal" usurpada al Congreso Nacional, fue dictar con fecha 12/09/73, el Decreto Ley N° 5, publicado en el D.O. del 22/09/73, que impuso un Estado de Guerra Interna en Chile a contar del 11 de Septiembre de 1973, cuya justificación en derecho fue la existencia de ese “Enemigo Interno” armado, organizado militarmente y con capacidad de realizar operaciones defensivas u ofensivas. A partir de esa fecha, los Jefes de los Campos de Concentración de Prisioneros, de los recintos militares especiales y de las Cárceles Públicas, notificaban formalmente a sus internos que pasaban a tener la calidad oficial de Prisioneros de Guerra de acuerdo a las órdenes superiores emanadas de la Junta Militar.

• Que en virtud del artículo 3º, Nº 1), del Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra ratificado unánimemente por la comunidad internacional el 12/08/49 y aplicable a Chile, ya que éramos un país signatario de este Convenio al 11/09/73 y lo hemos seguido siendo sin interrupción hasta hoy día, un Estado de Guerra Interna tiene la misma calidad jurídica que un Estado de Guerra Exterior para los efectos de la vigencia y aplicación de la Ley Internacional. Sus normas rigen aspectos tan importantes como el trato a los Prisioneros de Guerra y la conducta militar hacia la población civil que reside en el territorio definido como Escenario de Guerra.

• Que para dar cumplimiento a la normativa legal establecida en ese Convenio de Ginebra, el Comité Internacional de la Cruz Roja se hizo presente en Chile, fiscalizando la vigencia y aplicación de la Ley Internacional durante el Estado de Guerra Interna impuesto por la Junta Militar; inspeccionando los Campos de Concentración, los recintos militares especiales y las Cárceles Publicas habilitadas para mantener Prisioneros de Guerra; controlando el trato que recibían los Prisioneros de Guerra de parte de sus captores y promoviendo el respeto a los Derechos Humanos de la población civil afectados por el Estado de Guerra.

DECLARAMOS:

• Que nosotros, ciudadanos leales a la Constitución de I925 y al Jefe Supremo de la Nación, Presidente Salvador Allende, que estábamos dispuestos a defender su Gobierno Constitucional hasta las ultimas consecuencias, incluyendo el uso de las armas, que fuimos capturados en operativos de guerra por efectivos de las Fuerzas Armadas Rebeldes en Valparaíso, que fuimos interrogados en recintos
militares especiales destinados a aplicar sistemáticamente la tortura, que fuimos puestos a disposición de Tribunales Militares en tiempo de guerra y notificados formalmente de nuestra calidad de Prisioneros de Guerra, que fuimos condenados en Consejos de Guerra realizados por el Mando Militar Rebelde y que fuimos oficialmente reconocidos como Prisioneros de Guerra por el Comité Internacional de la Cruz Roja, tuvimos ocasión de presentar ante esa Organización las siguientes denuncias de
Violación al Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra, que por su gravedad constituyen Crímenes de Guerra de Lesa Humanidad, perpetradas durante el Estado de Guerra Interna que se impuso a nuestro país:

1.- El trato cruel, inhumano y degradante que las Fuerzas Armadas Rebeldes daban a los Prisioneros de Guerra y, en general, a los ciudadanos chilenos y extranjeros que eran capturados durante las horas del toque de queda, o que eran denunciados en las Listas Negras confeccionadas por los partidarios civiles de la Junta Militar. Esta situación de maltrato generalizado y de uso de violencia excesiva e innecesaria constituyó una Violación al artículo 13, del Título II, del Convenio de Ginebra, y ha quedado comprobada en el Informe de la Comisión Verdad y Reconciliación, conocido como el Informe Rettig.

2.- La constitución de Consejos de Guerra para juzgar a los Prisioneros de Guerra acusados de cometer crímenes establecidos en una normativa legal de tiempo de paz que, obviamente, no podía tener vigencia en tiempo de guerra. Esta situación constituyó una Violación al artículo 13, inciso 1º, del Título II, del Convenio de Ginebra. Por ejemplo, la utilización de la Ley de Seguridad del Estado y de la Ley de Control de Armas cuyas disposiciones eran totalmente inaplicables a un Prisionero de Guerra, ya que por la propia definición del Estado de Guerra el “enemigo interno” debe encontrarse armado y estar organizado para realizar operaciones militares defensivas u ofensivas, sin que ello constituya infracción alguna a la Ley de Guerra.

Por otra parte, el abuso que hicieron los fiscales de las Fuerzas Armadas Rebeldes de esa normativa inaplicable generó condenas absurdas y al mismo tiempo dramáticas, ya que de ellas se aprovechó el General Sergio Arellano Stark, para ordenar ilegalmente el fusilamiento sumario o permitir la ejecución lenta de Prisioneros de Guerra a lo largo de nuestro país, cuando realizó su viaje conocido como La Caravana de la Muerte, hechos denunciados y comprobados en el libro "Los Zarpazos del Puma" de la periodista Patricia Verdugo. Esta situación constituyó una Violación al artículo 13, inciso 1º, del Titulo II y a los artículos 120 y 121, Sección III, del Convenio de Ginebra.

3.- La falsa aplicación de la "Ley de Fuga" para ocultar el asesinato premeditado de Prisioneros de Guerra cuando eran trasladados entre los distintos recintos militares de interrogatorio, o a las Cárceles Públicas, o a los Campos de Concentración establecidos en lugares secretos y despoblados. Esta situación constituyó una Violación al artículo 13, inciso 1º, del Título II y a los artículos 120 y 121, de la Sección III, del Convenio de Ginebra.

4.- La "escenificación" de enfrentamientos en combate que jamás ocurrieron, utilizados para encubrir ejecuciones sumarias ilegales de Prisioneros de Guerra, o el hacer estallar explosivos que supuestamente transportaban las víctimas para destrozar sus cuerpos ya mutilados por la tortura, pretendiendo así borrar las huellas visibles de los violentos crímenes de guerra que se estaban cometiendo en nuestro país
Esta situación constituyó una Violación al articulo 13, inciso 1º, del Título II y a los artículos 120 y 121, Sección III, del Convenio de Ginebra.

5 - El uso sistemático y generalizado de la tortura como método para interrogar Prisioneros de Guerra quienes, de acuerdo a la Ley Internacional, solo estábamos obligados a dar a conocer nuestro nombre y rango. Esta situación constituyó una Violación al artículo 17, del Título III, del Convenio de Ginebra.

Fueron los Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas Rebeldes quienes estaban a cargo de aplicar la tortura, sin embargo no todos operaron con las mismas reglas. .Así por ejemplo, el Servicio de Inteligencia Naval que realizó interrogatorios en el Cuartel Orden y Segundad Silva Palma de Valparaíso, entregaba medicamentos para prevenir la necrosis después de torturar a los prisioneros y permitía que algunos médicos supervisaran el desarrollo de la tortura para evitar posibles muertes.

En oposición a esas reglas se encontraba la DINA, Dirección de Inteligencia Nacional, que fue creada oficialmente por el Decreto Ley 521 de Junio de 1974. Pero cuya existencia de facto comenzó a fines de Septiembre de 1973, con la actuación del Grupo de Coroneles del Ejército y con la Misión del General Arellano Stark que, como Delegado Especial de la Junta Militar y del Comandante en Jefe del Ejército, se dedicó a purgar a la Institución de todos aquellos Oficiales Superiores que NO eran incondicionales de la Estrategia de Guerra Sucia.

La denuncia que formulamos ante el Comité Internacional de la Cruz Roja, en su oportunidad y con antecedentes concretos, comprobó que la tortura aplicada por la DINA tuvo características de especial crueldad, tanto por la violencia extrema y el uso de instrumental sofisticado como por las graves consecuencias que ella trajo sobre los prisioneros, ya que de acuerdo a órdenes verbales superiores las Brigadas que integraban la Dirección debían proceder a "eliminar la evidencia física de la tortura", simulando accidentes, suicidios o muertes por causas naturales cuando ello era posible.

En casos de prisioneros mutilados en la tortura se debía proceder a descuartizar sus cuerpos utilizando explosivos u otros medios, y a ocultar sus restos en piques de minas abandonadas, o en fosas comunes rellenas con cal, o en tumbas de otras personas fallecidas legalmente, o quemar sus cuerpos en hornos, o arrojarlos al mar, o a los ríos, o por último, depositar sus cadáveres al resguardo de entierros dentro de los recintos en que operaban las Brigadas de la DINA, como fue el caso de la ex-colonia Dignidad la que puso todas sus instalaciones subterráneas secretas al servicio de la Dirección.

Nuevos antecedentes, los cuales no teníamos cuando formulamos las primeras denuncias ante el Comité Internacional de la Cruz Roja durante el Estado de Guerra Interna, nos permiten afirmar que la DINA capturó, torturó y asesinó a ciudadanos extranjeros y a funcionarios internacionales con rango diplomático, como fue el caso del ciudadano español Carmelo Soria a quien la Brigada Mulchén interrogó sobre la actividad de grupos de extranjeros en Chile, que trabajaban por los Derechos Humanos de la población civil, que eran también violados masivamente.

La evidencia que ha proporcionado Michael Townley. ex-agente de la DINA, ha permitido conocer los procedimientos específicos y el sistema de órdenes verbales con que operaba el Mando Superior de la Dirección. Así sabemos que cuando la Junta Militar, por medio de Leyes Secretas, autorizó la creación del Departamento Exterior de la DINA, para operar en el Frente Externo con abundancia de fondos públicos, se procedió a crear una verdadera Red de Operaciones Especiales que implicó a Servicios de Inteligencia de Argentina. Brasil, Paraguay y Uruguay, en Sudamérica; a la Brigada Cubana Anticastrista de Miami, en EEUU; a la Oficina de Seguridad Sudafricana: y a otros contactos no oficiales como grupos de extrema derecha, o neo-nazis, actuando en distintos países de Europa, en especial el grupo neo-facista de Roma, Italia.

Esta Red de Operaciones Especiales de la DINA planificó y ejecutó importantes misiones en el extranjero, como el asesinato del General Carlos Prats y su señora esposa en Buenos Aires, Argentina; el asesinato de don Orlando Letelier y la ciudadana norteamericana Ronnie Moffitt en Washington DC, EEUU; y el intento de asesinato de don Bernardo Leighton y su señora esposa en Roma, Italia. Estos son algunos
crímenes de la Dirección, operando en el exterior y violando flagrantemente las Leyes Internacionales, que ya han sido probados.

Nosotros presentamos, además, las graves sospechas de que la DINA se dedicó a eliminar a militares chilenos de alta graduación que NO apoyaban la Estrategia de Guerra Sucia, ni en Chile ni en el extranjero. Por lo tanto, exigimos que se investiguen las extrañas muertes del General Oscar Bonilla, segundo hombre en la Jerarquía del Ejército y de su Coronel Ayudante en el Ministerio del Interior, así como los suicidios inexplicables y las sospechosas enfermedades que causaron la muerte súbita de otros
Altos Oficiales del Ejército de Chile conocidos por su honestidad y profesionalismo militar, ocurridas en el periodo crucial en que la DINA se convertía en los ojos y oídos de Pinochet al interior de la Institución, y durante el cual el General Arellano Stark se dedicaba a depurar al Ejercito de los elementos NO confiables para la Junta Militar.

Las razones anteriormente expuestas nos obligan a denunciar, una vez más, las violaciones al Convenio de Ginebra que por su gravedad constituyen Crímenes de Guerra de Lesa Humanidad, cometidas durante el Estado de Guerra Interna que se impuso a nuestro país. Afirmamos categóricamente que de acuerdo al Artículo 12, del Titulo II, del Convenio de Ginebra, al Principio de Verticalidad del Mando Militar y a la evidencia legal que se desprende de las declaraciones formuladas por el General Contreras y el Brigadier Espinoza, ex-Jefes de la DINA, la responsabilidad final de esos crímenes de guerra corresponde a Pinochet y a los demás ex-miembros de la Junta Militar, ya sea porque dieron las órdenes directas para cometer las atrocidades o porque al tomar conocimiento de ellas decidieron, conscientemente, convertirse en encubridores de dichos crímenes de guerra, dando órdenes a sus Tribunales Militares para obstruir la acción de la Justicia ocultando la evidencia de lo ocurrido.

En este delito de encubrimiento masivo contaron con la complicidad de los Tribunales de la Justicia Ordinaria de nuestro país, los cuales se negaron reiteradamente a recibir e investigar nuestras denuncias amparados en la excusa inaceptable, tanto desde el punto de vista ético como legal, de no poder interferir en la Jurisdicción de los Tribunales Militares en Tiempo de Guerra, llegando al extremo de que la Corte
Suprema, Máximo Tribunal de Chile, dejó sin aplicar la Ley al negarse a usar la facultad de Superintendencia directiva, correccional y económica consagrada en el Articulo 86 de la Constitución de 1925, que le correspondía ejercer sobre todos los tribunales que actuaban en nuestro país, incluyendo a los Tribunales Militares de Tiempo de Guerra. Así se reconoció ilegalmente la existencia de un Fuero Militar que transformó a los miembros de las Fuerzas Armadas en individuos "'intocables por la Ley" y a
sus Tribunales Militares en entidades totalmente autónomas en lo jurídico.

Con ese mismo absurdo criterio se procedió a aplicar la Ley de Amnistía, ya que en lugar de investigar para la comprobación del crimen cometido y la respectiva responsabilidad penal de los inculpados, como lo establece claramente el propio texto de ese Decreto Ley Nº 2191, decidieron interpretar el espíritu y la intención del
legislador, que fue la propia Junta Militar, declarándose virtualmente incompetentes para continuar con la investigación cuando aparecía involucrado personal de las Fuerzas Armadas. Esta situación constituyó una Violación al artículo 12, del Título II y al artículo 121, Sección III, del Convenio de Ginebra.

Queda así demostrado que los Crímenes de Guerra de Lesa Humanidad que hemos denunciado fueron perpetrados con la complicidad de los Tribunales Militares y amparados por la incompetencia de los Tribunales Ordinarios de Chile. Especialmente destacamos el caso del Ministro Urrutia Manzano, ex-Presidente de la Corte Suprema, quien participó activamente en el ocultamiento de la evidencia que se le estaba entregando y confirmó personalmente la figura ilegal del "doble procesamiento", en virtud de la cual un prisionero procesado por Tribunales Militares en Tiempo de Guerra era, simultánea y paralelamente, sometido a proceso por los Tribunales Ordinarios acusado de haber cometido presuntos delitos comunes. Esta grave violación al Principio de Acumulación de Causas establecido en la Ley Internacional y al artículo 13, inciso 2º, del Título II, del Convenio de Ginebra, demuestra sin lugar a dudas la complicidad de esa Corte Suprema en el encubrimiento de los crímenes de guerra que hemos denunciado. Incluso la ex-Ministro de Justicia del Gobierno Militar, Mónica Madariaga, participó en el delito de encubrimiento al mentir ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas cuando negó que tal caso hubiese ocurrido y hoy día como candidata al Senado declara, con increíble soberbia y desparpajo, que “la mujer del Cesar no solo debe ser sino que parecer... honesta”.

Formulamos un llamado, de enemigo a enemigo, para que los Oficiales Superiores que dieron las órdenes asuman la responsabilidad de su Gestión de Mando, terminando con el triste y vergonzoso espectáculo de "echarle la culpa de los crímenes de guerra que ocurrieron durante su gestión, a los excesos de sus oficiales subordinados", quienes aceptaron obedecer órdenes superiores en tiempo de guerra creyendo, equivocadamente, cumplir con su deber de soldados leales a la Institución y a la Patria.

Sin embargo, hay quienes sostienen que esos Oficiales Subordinados y el personal de tropa que participó en los crímenes de guerra, son verdaderos "Héroes de la Patria" porque fueron quienes arriesgaron sus vidas enfrentando al enemigo y haciendo el “trabajo sucio” que era necesario hacer.

Nosotros les recordamos "que el fin no justifica los medios" y que cuando consciente y premeditadamente, abusando de la más absoluta superioridad de fuerzas y de la total impunidad, se violan los Principios Básicos de la Ley de Guerra, entonces ya no hay heroísmo sino simplemente una prepotencia cobarde y despreciable, típica de la mentalidad de los peores criminales de guerra que usan las crisis armadas para dar salida a sus instintos asesinos y a sus tendencias psicópatas:

• No hay heroísmo en utilizar la enorme ventaja en hombres y armas para ordenar operativos "sin prisioneros".

No hay heroísmo en torturar a un prisionero enemigo atado y encapuchado.

No hay heroísmo en torturar a mujeres, ancianos y niños.

No hay heroísmo cuando se utiliza la tortura más cruel y degradante para quebrar la resistencia de los prisioneros, obligándolos a delatar y a colaborar.

No hay heroísmo cuando se asesina a un prisionero de guerra aplicándole falsamente la Ley de Fuga, o ejecutándolo lentamente para producir el mayor dolor posible.

No hay heroísmo en "hacer desaparecer” los cadáveres de los prisioneros de guerra para eliminar la evidencia de las mutilaciones ocurridas en la tortura.

En fin, no hay heroísmo cuando se "gana" una guerra y se siente vergüenza de reconocer públicamente los métodos usados para ganarla, solo hay cobardía, deshonor, bajeza moral y deshonra de la profesión militar. Una Institución Armada de la Patria no es ni puede llegar a ser una organización Mafiosa o Terrorista, ni puede permitir que dentro de ella y al amparo de su uniforme militar actúen grupos que utilizan esos métodos ilegales y repudiables para hacer la guerra. Incluso aunque el enemigo lo haga, porque la Institución debe saber en todo momento que esa es precisamente la diferencia entre un militar profesional y un criminal terrorista.

También se sostiene que esos mal llamados Héroes de la Patria se han visto favorecidos por la Ley de Amnistía, especialmente por la particular forma en que la Corte Suprema ha interpretado y aplicado esta Ley. Nosotros sostenemos que este argumento es totalmente falso, ya que al aplicarse la Amnistía se está
reconociendo oficialmente que los acusados quedan confirmados como los únicos y exclusivos culpables de los crímenes denunciados, sea como autores, cómplices o encubridores, de forma tal que ya no puedan invocar la justificación en derecho "de haber tenido que obedecer órdenes superiores en tiempo de guerra, las cuales los obligaban a actuar de inmediato y sin poder cuestionar la ilegalidad de la orden
dictada".

Por lo tanto, queda demostrado que la Ley de Amnistía no favorece a quienes se les aplica sino que, por el contrario, los sacrifica para ocultar los nombres de aquellos que quieren permanecer en las sombras, que son precisamente los Oficiales Superiores que dieron las órdenes y que hoy día, con infinita cobardía, no se atreven a reconocerlo públicamente diciendo: "Yo di las órdenes, asumo la responsabilidad de mi Gestión de Mando y así, verdaderamente, protejo a mi gente".

Advertimos al Pueblo de Chile y a la Opinión Pública Internacional que algunos de esos Oficiales Superiores a los que hemos denunciado como responsables, en distintos grados, de los crímenes de guerra de lesa humanidad cometidos durante la Dictadura Militar son hoy día candidatos al Senado de la República, como es el caso del General Rodolfo Stange y otros más que están renunciando a sus Altos Cargos Institucionales para ser nombrados Senadores Designados, olvidándose de todo lo que dijeron anteriormente sobre la política, los políticos, la actividad del Congreso y su alto costo al erario nacional, así se constituirá una Bancada Militar con Fuero Parlamentario cuya misión en el Congreso Nacional será continuar ocultando la evidencia y obstruyendo la acción de la justicia para asegurar la impunidad de los verdaderos criminales de guerra. Advertimos públicamente que esta situación constituirá una abierta violación a los artículos 12 y 13, del Titulo II y al artículo 121, Sección III, del Convenio de Ginebra. Llamamos al país y a los organismos internacionales a repudiar esta situación absurda y a movilizarse para impedir este atentado contra la Democracia, la Verdad y la Justicia.

Anunciamos oficialmente que entregamos nuestro apoyo y colaboración irrestricta a la investigación que el Juez Español Manuel García Castellón, está realizando sobre los crímenes de guerra y las violaciones a la Ley Internacional cometidas durante el período de Dictadura Militar, tanto en nuestro país como en el extranjero, y declaramos formalmente que reconocemos su competencia en la causa tal como la ha reconocido el Ejército de Chile al enviar a España, en Misión Oficial, a su Auditor General Fernando Torres Silva para formular declaraciones en dicha causa.

Finalmente, reiteramos nuestra disposición a seguir luchando por la recuperación democrática de nuestro país y el logro de una auténtica Reconciliación entre Chilenos, pero pensamos honestamente que ese difícil y largo camino hacia la Unidad de nuestra Nación solo puede transitarse buscando permanentemente la Verdad y la Justicia. Respetamos el derecho de nuestros enemigos a honrar la memoria de sus caídos en acción y lógicamente exigimos el mismo derecho. Nuestros mártires nos legaron un gran ejemplo de heroísmo y dignidad enfrentando la tortura como una forma de combate, la más difícil la más desigual, pero precisamente por ello la que causa mayor admiración. Que el país sepa que la denominación de "desaparecidos" no significará jamás que ellos deban ser "borrados de la historia como meros fantasmas del pasado con uno u otro monumento en un lugar escondido". Muy por el contrario, sus testimonios personales y sus ejemplos de valor y de conducta intachable ante el enemigo permanecerán para siempre en nuestra memoria y en la de nuestros hijos y nietos, constituyendo para todos nosotros verdaderos símbolos de un compromiso consecuente con la gran causa de la historia: "La Verdad, toda la Verdad y nada más que la Verdad".

JAMÁS LOS OLVIDAREMOS...

EUGENIO CARRAMIÑANA FUENTES ROBERTO SAPIAINS RODRÍGUEZ
Ex-Jefe de Comunicaciones del Comité Ex presidente del Comité Provincial
Provincial de la Unidad Popular de de la Unidad Popular de Valparaíso
Valparaíso. Ex profesor de la Universidad de
Ex-Gerente General del diario Chile de Valparaíso.
"La Unión" de Valparaíso. Condenado en Consejos de Guerra:
Procesado a contar del 21 de Junio de 1974 Rol A-17 de fecha 11/ 10 / 73 y
por el Tribunal Militar en tiempo de guerra Rol A-137 de fecha 8 / 2 / 74, por
de Santiago, acusado de participar en el Ley de Armas Nº 17.798.
Motín de Prisioneros de Guerra de la Cárcel Procesado en Junio de 1974 por
de Valparaíso. Fiscalía Militar de Santiago. Acusación de Jefe del Motín de
Condenado en Consejo de Guerra Rol A-26 Prisioneros de Guerra de Valparaíso.
de fecha 13/06/1973, por Ley de Condenado por la Corte Suprema
Seguridad Interior del Estado. en causa Rol 91239, el 13-4-78 por

malversación de caudales públicos.

Proceso paralelo a los juicios ante

Tribunales de Tiempo de Guerra.

.

Documento Emitido en Valparaíso, Chile, el 25 de Noviembre de 1997,

Thursday, November 17, 2005

EL PERIODISMO Y LA VERDAD HISTÓRICA



En estos Diálogos con un Sobreviviente, debemos presentar copia de la carta que ha enviado Roberto Sapiains al programa Tolerancia Cero, para exponer el tema que se omitió en el debate presidencial y que es requisito fundamental para recuperar la dignidad de nuestra sociedad, entrampada aún en mentiras y pragmatismos.
A continuación esta carta, que se complementa con la presentación que Roberto ha hecho ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados para seguir luchando por justicia y reparación.

Sres
Alejandro Guillier - Fernando Paulsen
Tolerancia Cero
Presente

Me dirijo a Uds. para referirme al gran tema pendiente del debate presidencial: "Los Derechos Humanos", y de paso reflexionar sobre el caso Cuadra y el caso DINA, ya que TVN entrevistó el día lunes 14, al General (R) Iturriaga, que reclamaba la violación de sus derechos humanos por no haberse aplicado la Amnistía y/o la prescripción en los procesos por secuestros permanentes.
Sobre el caso Cuadra, he escuchado varias veces al señor periodista Fernando Paulsen, reflexionar en el sentido de "hasta cuando van a tener que pagar su culpa las personas que participaron en el Gobierno Militar". Mi opinión es que el Sr. Cuadra no está pagando por haber participado en el Gobierno Militar sino por haber "mentido para ocultar los crímenes de lesa humanidad que cometieron los servicios de inteligencia de ese Gobierno", como lo ha comprobado la Comisión Valech. Ahora, entiendo el argumento de que a los civiles del Gobierno Militar los engañaban con Informes Falsos de la Inteligencia Militar, y, en este caso, el Sr. Cuadra puede perfectamente argumentar que "fue engañado", como lo ha hecho la ex-ministro de justicia Mónica Madariaga. Pero, aún así, el deber histórico de decir la verdad y toda la verdad es imperativo para el Sr. Cuadra, y él lo sabe, porque si no lo hace va a ser considerado como ENCUBRIDOR de esos Crímenes de Lesa Humanidad. Creo que la sanción moral que ha recibido el Sr. Cuadra de parte de su Comunidad Universitaria es un castigo por haber mentido y no sólo por haber "sido parte de los civiles que participaron en el Gobierno Militar".
Respecto al caso DINA, y a la desfachatez del General (R) Iturriaga al desconocer los crímenes de guerra cometidos por esa organización de inteligencia en el período de vigencia del Estado de Guerra declarado por el Decreto Ley Nº 5, reclamando contra los jueces y magistrados por NO aplicar la Amnistía, me permito citar dos documentos:
1.- El Informe Valech que en sus páginas 166 y siguientes documenta las pruebas sobre la tortura en el caso de los Servicios de Inteligencia y en especial de la DINA.
2.- El documento presentado a la Comisión de Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Diputados el día lunes 14 del presente, solicitando se forme una Comisión Investigadora sobre las Infracciones Graves al Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra, del cual les adjunto una copia en este mail.
Finalmente, quisiera decirles directamente a Uds., periodistas a los cuales veo en Chilevisión regularmente, que hay una deuda histórica del periodismo investigativo
que es una Obligación Ética Profesional. Esta obligación se refiere a "analizar a fondo el rol de la prensa durante el período de Dictadura", y, en especial, el período de Guerra Interna declarado por el Decreto Ley Nº 5, de 12 de septiembre de 1973.
Al respecto, en el documento que les adjunto encontrarán un testimonio detallado del rol histórico jugado por El Mercurio de Valparaíso y otras publicaciones de prensa de la época que, estando bajo "censura previa", publicitaban las "falsas acusaciones" de la Propaganda de Guerra de la Junta Militar.
Termino este mail con una petición respetuosa, solicito que Uds. señores periodistas y en especial el señor Alejandro Guillier, que hoy día dirige el gremio de periodistas en el Colegio Profesional de la Orden, se atrevan a una "autocrítica descarnada de la deuda histórica que su gremio tiene con el pueblo de Chile y LA VERDAD", así con mayúscula, que es, a mi modesto juicio, el deber profesional de todo periodista que se respete como tal.
Saluda atentamente a Uds.

Roberto Sapiains Rodríguez
Ex-Prisionero de Guerra

SAPIAINS PIDE COMISIÓN INVESTIGADORA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS

SEÑORES

HONORABLES DIPUTADOS

COMISION DE DERECHOS HUMANOS

HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS

REF: Solicita formación de Comisión Investigadora sobre las Infracciones Graves al Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra que indica.

Roberto Sapiains Rodríguez, Chileno, RUT 4.827.910–4, Cientista Político y Administrador Público, títulos obtenidos en la Universidad de Chile el año 1966 y 1970, respectivamente. Ex-Dirigente de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile de Valparaíso, a contar del año 1964. Ex-Dirigente de la UFUCH, Unión de Federaciones Universitarias de Chile (1965–1967). Ex-Dirigente de la Reforma Universitaria, Miembro de la Comisión Paritaria de Reforma de la Universidad de Chile de Valparaíso y Delegado a la Comisión Nacional de Reforma de la Universidad de Chile, año 1968. Ex-Jefe Nacional de la Democracia Cristiana Universitaria (1969 - 1970). Ex-Profesor y Senador Académico de la Universidad de Chile de Valparaíso (1970 - 1973). Ex-Consejero Provincial del Partido Demócrata Cristiano en Valparaíso, renunciando a este Partido en el mes de octubre de 1971, para formar la Izquierda Cristiana. Ex-Jefe Provincial del Partido Izquierda Cristiana en Valparaíso (1972-1973). Ex-Presidente del Comité Provincial de la Unidad Popular de Valparaíso, en representación del Partido Izquierda Cristiana en 1973. Ex-Funcionario público en el Servicio Nacional de Aduanas y en ejercicio, al 11 de septiembre de 1973, de un Cargo de Confianza del Presidente de la República Dr. Salvador Allende, como Director de Administración y Finanzas de la Corporación de Desarrollo de Valparaíso y Aconcagua (CORDVAC). Ex-Prisionero de Guerra desde el 11 de septiembre de 1973 al 10 de marzo de 1978, período declarado como “Estado de Guerra” en Chile por el Decreto Ley Nº 5, dictado el 12 de septiembre de 1973, como lo ha reconocido oficialmente el Informe Valech. Procesado y condenado, simultánea y paralelamente, tanto ante los Tribunales Militares de Tiempo de Guerra como ante los Tribunales de la Justicia Ordinaria, en infracción grave a los artículos 82 al 87, 99, 100, y 102 al 108, del Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra. Reconocido y protegido como Prisionero de Guerra por el Comité Internacional de la Cruz Roja, que se hizo presente en Chile durante el Estado de Guerra Interna y “ofreció sus servicios a las Partes en conflicto”, de acuerdo al artículo 3º del Convenio de Ginebra. Reconocido y protegido por el Grupo de Trabajo Ad hoc de DD.HH de las Naciones Unidas que visitó Chile en Julio de 1978, y que logró que se dictara el Decreto Supremo Nº 1279, de fecha 20 de septiembre de 1978, que conmutó las sentencias de prisión por extrañamiento y ordenó mi expulsión del país, la que se concretó el 23 de octubre con destino a Londres, Inglaterra, bajo protección del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados. Exiliado en Inglaterra con el status de Refugiado Político desde el 24 de octubre de 1978 hasta el 19 de febrero de 1992. Retornado a Chile y actualmente reconocido con el Nº 22.845, en la Lista Oficial de Personas Calificadas por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.

A sus Honorables Señorías, respetuosamente digo:

- Que el artículo 19, Nº 14º, de la Constitución Política del Estado de Chile de 1980, actualmente vigente en nuestro país, expresa:

“La Constitución asegura a todas las personas:

14º. El derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes.

- Que el artículo 129 del Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra, establece:

Las Altas Partes Contratantes se comprometen a tomar todas las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves contra el presente Convenio definidas en el artículo siguiente.

Cada una de las Partes Contratantes tendrá la obligación de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves y deberá hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad. Podrá también, si lo prefiere, y según las condiciones previstas en la propia legislación, entregarlas para que sean juzgadas por otra Parte Contratante interesada, si ésta ha formulado contra ellas cargos suficientes.

Cada Parte Contratante tomará las oportunas medidas para que cesen, aparte de las infracciones graves definidas en el artículo siguiente, los actos contrarios a las disposiciones del presente Convenio.

Los inculpados se beneficiarán, en todas las circunstancias, de garantías de procedimiento y de libre defensa, que no podrán ser inferiores a las previstas en los artículos 105 y siguientes del presente Convenio.”

- Que el artículo 130, de ese mismo Convenio de Ginebra, señala que:

“Las infracciones graves a las que se refiere el artículo anterior son las que implican uno cualquiera de los actos siguientes, si se cometen contra personas o bienes protegidos por el Convenio: el homicidio intencional, la tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos, el hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad física y la salud, el hecho de forzar a un prisionero de guerra a servir a las fuerzas armadas de la Potencia enemiga, o el hecho de privarlo de su derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente según las prescripciones del presente Convenio.”


Que en virtud de las disposiciones legales mencionadas, vengo en solicitar respetuosamente a sus Honorables Señorías se forme una Comisión Investigadora sobre las siguientes Infracciones Graves al Convenio de Ginebra Relativo al Trato de Prisioneros de Guerra:

(leer in extenso la presentación de Roberto Sapiains)

Wednesday, November 16, 2005

UN EMPLAZAMIENTO DOCTRINARIO A LOS CANDIDATOS PRESIDENCIALES

¿SIGUE UD. LA DOCTRINA Y ENSEÑANZA DEL PADRE HURTADO?
Por Roberto Sapiains Rodríguez

Estaba viendo, por transmisión directa en televisión, la Ceremonia de Canonización del Padre Alberto Hurtado C., en el Vaticano. Confieso que soy un seguidor de la Obra del Padre Hurtado, es decir, SU VERDADERA OBRA, QUE CONSISTIO EN SU PREDICA CONSTANTE CONTRA UN SISTEMA SOCIO-ECONOMICO FUNDAMENTADO EN LA EXPLOTACION DE LOS TRABAJADORES, SU INTENSO RECHAZO AL RESULTADO DE ESA EXPLOTACION QUE ES LA POBREZA, Y EN SU AMOR A LOS POBRES, A LOS RECHAZADOS Y DISCRIMINADOS POR EL SISTEMA, y luego, con una INTACHABLE CONSECUENCIA EN SU ACCION, la fundación de la Revista Mensaje para CRITICAR AL SISTEMA QUE EXPLOTA A LOS OBREROS Y QUE PRODUCE POBREZA; la creación del Hogar de Cristo para ACOGER A LOS NIÑOS Y ADULTOS POBRES, RECHAZADOS Y DISCRIMINADOS y la formación de Sindicatos Cristianos para DEFENDER A LOS TRABAJADORES DE LA EXPLOTACION CAPITALISTA.

Confieso también que estaba cansado, quizás era la tensión nerviosa o quizás mi enfermedad. Así me quedé dormido y tuve un sueño que quiero relatarles a ustedes. No, no...por favor no me habló ni le hablé al Padre Hurtado...No. Fue algo más extraño. Estaba consciente que aún no era SANTO. Lo comprobé posteriormente, porque alcancé a despertar y VER LA CEREMONIA CON LA DECLARACION OFICIAL DE SANTIDAD QUE HIZO EL PAPA BENEDICTO XVI. Por lo tanto, lo que ocurrió en mi sueño fue anterior a la Declaración Oficial de Santidad, CUANDO EL PADRE HURTADO ERA TODAVIA UN BEATO. En fin, no los entretengo más con prolegómenos y aquí va mi sueño:

“El Padre Hurtado estaba en el Cielo y le pedía un permiso especial a San Pedro para visitar su querida Patria (quizás porque ya como Santo podría tener otras obligaciones y no podría hacerlo...vaya uno a saberlo).

Bueno, lo autorizaron, llegó a Chile y se encontró con un grupo predicando activamente: ERAN CANDIDATOS A LA PRESIDENCIA. Hablaban mucho, muy rápido y cambiaban de un tema a otro, tanto que a veces era difícil entender lo que querían decir. El Padre Hurtado se acercó a ellos y se dirigió al que más activamente predicaba, quien se declaraba miembro de una Obra de la Iglesia Católica. No entendiendo claramente esa prédica, se acercó aún más y le preguntó a ese cristiano: Perdón señor, pero ¿Cuál es el mandamiento más importante de su prédica como cristiano y católico?.

La respuesta que dio el CANDIDATO fue muy directa, le dijo: “Amarás las riquezas que el Señor te ha dado, con toda tu alma, con todo tu corazón y con todas tus fuerzas. No tendrás otro DIOS”.

Y continuó, “El segundo Mandamiento, tan importante como el anterior, es: Amarás y Cuidarás el SISTEMA que permite que acumules la riqueza que el Señor quiere darte. Explotarás al prójimo sólo en la medida de lo posible, es decir, cuando sea un NEGOCIO LEGÍTIMO y, por supuesto, un BUEN NEGOCIO DENTRO DEL SISTEMA QUE DIOS NOS HA ENTREGADO.

De estos dos mandamientos penden todas las leyes, especialmente el Derecho a la Propiedad Privada consagrada en la Constitución, y todas las enseñanzas de los PROFETAS DE LA ECONOMÍA DE LIBRE MERCADO, con la cual el DIOS UNICO Y VERDADERO NO ESTA EN DESACUERDO.”

El Padre Hurtado, que era y ES un Maestro en Filosofía y en Educación, respondió: “Mire, no me queda muy claro esto de que el PATRON nos haya entregado un SISTEMA que permita la explotación de los pobres y que nuestra obligación aquí, en este Valle de Lágrimas, sea AMAR Y CUIDAR ESE SISTEMA. Además, es extraño eso de AMAR LAS RIQUEZAS, eso no es de DIOS.”

El Católico CANDIDATO le respondió: “DIOS ha creado a los ricos y a los pobres, y hace salir el Sol para esos dos sectores sociales. Los RICOS tienen el deber de acumular dinero para crear riquezas, INVERTIRLAS EN EL MERCADO Y ASI CREAR TRABAJO. Mientras que los POBRES tienen el deber de trabajar de acuerdo a la FLEXIBILIDAD LABORAL, o sea, POR EL SUELDO QUE LOS RICOS LE QUIERAN PAGAR. Por lo tanto, los RICOS deben AMAR ESAS RIQUEZAS QUE DIOS LES HA DADO y que permiten CREAR EMPLEO. Las deben CUIDAR COMO A SU PROPIA VIDA, encarcelando y aún matando a quienes quieren ROBAR SUS BIENES, cuando es EN DEFENSA PROPIA, por supuesto.”

El Padre Hurtado no lo podía creer y respondió: “Mire, usted defiende un SISTEMA que explota y defrauda a los trabajadores, manteniéndolos en la POBREZA, y que obliga a los DESEMPLEADOS a trabajar por SUELDOS DE HAMBRE o a pedir LIMOSNA, y sostiene que es LEGÍTIMO MATAR al que roba por necesidad. Esto no es de DIOS. EL ordenó AMAR a los pobres que son el ROSTRO DE CRISTO. ¿Cómo usted, que es cristiano y católico, puede decir que hay que encarcelar a los que roban por necesidad?

El CANDIDATO DE LA OBRA CATOLICA respondió, un tanto picado y molesto con este COMUNISTA, al que no reconoció como el Padre Hurtado:

“Yo no digo que hay que encarcelar al que roba por necesidad. Yo digo LA TERCERA ES LA VENCIDA, o sea, si ya van tres ahí los enviamos al INFIERNO DE LAS CARCELES, o a la ISLA CARCEL, que es mi GRAN IDEA.”

Una mujer que estaba en el grupo y que era también CANDIDATA PRESIDENCIAL, dijo: “Para qué a la Tercera, hagámoslo a la Primera. La PRIMERA ES LA VENCIDA.”

OTRO CANDIDATO, que estaba al lado del PREDICADOR CRISTIANO Y CATÓLICO, dijo: “Un momento, YO digo que hay que usar LAS DOS MANOS. Con esta, la DURA, los mandamos a la CARCEL, ISLA O DE SEGURIDAD, da lo mismo, y con esta otra, les ENSEÑAMOS que tienen que aprender a respetar los PRINCIPIOS DEL SISTEMA QUE LES PERMITE VIVIR.”

A este último candidato se dirigió el Padre Hurtado, diciéndole: ¿Pero, cuáles PRINCIPIOS son esos que usted quiere ENSEÑAR A LOS POBRES?

El CANDIDATO DE LAS DOS MANOS respondió: “Bueno, son los mismos PRINCIPIOS que le explicó el CANDIDATO CATOLICO cuando usted le pregunto sobre los MANDAMIENTOS y él con mucha sabiduría le dio a conocer los DOS MANDAMIENTOS FUNDAMENTALES DE LA LEY, él sabe mucho porque lleva harto tiempo siendo CANDIDATO. Todos nosotros, los tres, incluyendo a la DAMA aquí presente, estamos de ACUERDO CON ESOS PRINCIPIOS. Lo único que YO puedo agregar es que las LEYES DEL MERCADO son la mejor forma de DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA y que la LIBRE COMPETENCIA PROTEGE A LOS POBRES DE LOS ABUSOS DE LOS RICOS.”

El Padre Hurtado ya no preguntó más y regresó al Cielo, desde allá está mirando lo que pasa ahora en este país y preguntándose ¿ES CHILE UN PAIS CATOLICO?

Friday, November 04, 2005

LOS MÁRTIRES DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DE CHILE

CUANDO LA CRUELDAD SE HIZO RUTINA
7 de Diciembre del 2004
Hernán Narbona Véliz*


El Informe Valech, producto del trabajo profundo de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, se ha agregado al Informe Rettig, para servir ambos de cimientos de una verdad dolorosamente necesaria para el Chile del futuro.

La aspiración de que el Nunca Más se imprima en las conciencias se hace sentir transversalmente en la sociedad chilena.

Es necesario un compromiso nacional para evitar que nuevamente se produzca en nuestra Patria el fratricidio; que nunca más la traición, la delación, el terrorismo de Estado avasallen a las personas como sucedió en el período dictatorial.

Existe, por cierto, una gran responsabilidad presente para los hombres y mujeres de la prensa, los comunicadores sociales: hacer conocer la verdad a los cuatro vientos. Para que la sociedad mediática no distorsione ni manipule esta verdad que se ha rescatado de las catacumbas, con persistencia y duelo, en un camino ripioso, de 31 años.

Debe vociferarse la verdad, debe inundarlo todo, sin morbosidad, con respeto. Es necesario que se discuta en los colegios, que entendamos que hubo más de medio millón de chilenos afectados por torturas, un universo mucho más amplio que los 35 mil que declararon ante la Comisión. A lo que se añade el dolor de familias destruidas, dispersas en el planeta.

En el tiempo en que la crueldad se hizo rutina, en cada familia chilena el miedo se enquistó a fuego y fragmentó la sociedad. El Cardenal Silva Henríquez nos habló de las heridas profundas en el Alma de Chile. En esta tarea de develar la verdad histórica, la comunidad entiende visceralmente que falta mucho para alcanzar una sociedad en paz, que hay muchos que siguen callados o soberbios, manteniéndose en silencio o farfullando odio, sin asumir que sus acciones u omisiones en ese período de barbarie, fueron causa de sufrimiento y muerte para miles de compatriotas.

Desde el 11 de septiembre de 1973, muchos funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas fueron detenidos en sus puestos de trabajo y llevados a contenedores en los patios del Puerto de Valparaíso. Algunos pasaron por el Buque Escuela Esmeralda, otros por los buques Lebu o Maipo. Luego, después del ablande de rigor, a la Academia de Guerra o al Fuerte Silva Palma. Muchos funcionarios aduaneros fueron arrestados cuando se presentaron ante las nuevas autoridades y enviados a Pisagua.

Fundamentando su acción en los Decretos Leyes 6,28 y 98 de 1973, el ministro de Hacienda de la Junta de Gobierno, contraalmirante Lorenzo Gotuzzo, ordenó la exoneración de 108 funcionarios del Servicio, cuyos nombres fueron integrados a una lista negra, se eliminaron sus cargos y se ordenó por Circular 315 del 2 de Agosto de 1974, impedir su actuación como auxiliares o apoderados de despachadores, es decir se les prohibió trabajar en su ámbito profesional aduanero.

Lo más duro a nivel del gremio aduanero fue que quienes confeccionaron esas listas negras y fueron colaboradores del golpe de Estado, al entregar la nómina de sus colegas, los estaban mandando a muchos a un camino sin retorno. Esas personas que delataron a sus compañeros de labor, no han pedido disculpas y son los mismos que pretendieron hacer parar a la Aduana Aérea de Pudahuel el día 10 de septiembre de 1973, en vísperas del golpe, lo cual fue impedido por la votación de los trabajadores presentes.

Hasta ahora, en la recuperación democrática, tal como ha sucedido en diversos espacios de la sociedad chilena, funcionarios que fueron víctimas de la barbarie, han debido convivir con sus antiguos delatores o victimarios, en un manto de silencio. Lo menos que se espera es una disculpa.

De esa lista negra, en el período inmediato del golpe fueron ejecutados: - Juan Efraín Calderón Villalón, Funcionario Aduanas, Ex-Infante de Marina, Iquique, 29 de Septiembre de 1973. - Mario Morris Barrios, Vista de Aduana, el 11 de octubre de 1973, cuyo cadáver fue encontrado en una fosa común en Pisagua en 1990. - Juan Jiménez, Funcionario del Departamento de Investigaciones Aduaneras, Ex-Infante de Marina, fusilado junto a Mario Morris. - Juan Antonio Ruz Díaz, Empleado Aduanas, Ex-Regidor, Iquique, 30 de octubre de 1973.

Además, tras insoportables torturas en su propia oficina en el quinto piso de la entonces Superintendencia de Aduanas, y luego de ser arrastrado escaleras abajo hasta un contenedor del puerto, de donde es finalmente trasladado al buque cárcel Lebu, salta del puente de esa nave a una bodega y se suicida, el 14 de Septiembre de 1973, Luis Enrique Sanguinetti Fuenzalida, Administrador Público, Jefe del Departamento de Investigaciones Aduaneras, DIA.


¿Por qué el ensañamiento con los funcionarios del Departamento de Investigaciones Aduaneras, que fueron asesinados luego de que se presentaran voluntariamente ante las autoridades militares?

Las funciones del DIA se orientaban a la acción antidroga y a la detección del fraude. En materia de drogas habían recibido cursos de instrucción del propio FBI de los Estados Unidos. Su trabajo les había engendrado muchos enemigos entre los delincuentes que movían drogas.

Por otra parte, las investigaciones de fraude del DIA se habían centrado principalmente en los sectores de Minería y de Transporte Marítimo. Se investigaba el contrabando de exportación de oro y plata, en forma de barro anódico, que fue sacado del país por décadas sin pago alguno, por las compañías extranjeras. En el ámbito marítimo, se investigaban las situaciones de fuga de divisas que se había detectado en el sector naviero, donde compañías importantes aparecían cobrando fletes sobrevalorados, toda vez que recibían posteriormente descuentos no declarados, divisas que dejaban en el exterior, violando la normativa cambiaria de la época.

En la reunión de UNCTAD realizada en 1972 en el Edificio Gabriela Mistral (hoy Diego Portales) se trató precisamente el problema de las conferencias de fletes y cómo su accionar perjudicaba a los países tercermundistas, que no poseían una flota suficiente y debían comprar servicios a compañías extranjeras. El hecho de que la Aduana hubiese conformado un grupo policial aduanero, orientado a descubrir estas defraudaciones, chocó con poderosos intereses y eso explica, en gran medida, la animadversión con que se trató a servidores públicos aduaneros, en una reacción belicosa que usó los mecanismos de delación que usaba el régimen militar, para eliminar a este "peligroso" grupo de investigadores aduaneros.

Cuando se produce el golpe, connotados traficantes denunciaron a los funcionarios de Aduana que los investigaban. En el sector naviero, fueron las mismas empresas que se veían afectadas por las investigaciones aduaneras, las que proporcionaron sus buques mercantes Lebu y Maipo para encarcelar, torturar y posiblemente hacer desaparecer a los estigmatizados “enemigos” de la Unidad Popular. Cabe destacar que muchos ex-funcionarios ya han fallecido, algunos en el exilio, prematuramente, a causa de las torturas recibidas.

Las etiquetas de “extremistas”, ligadas al fantasioso Plan Zeta, sirvieron de excusa para la política institucional de aplastamiento o eliminación del “enemigo interno”. Sería ocioso y hasta morboso repetir lo que reflejan los testimonios de las víctimas o de sus familiares en los Informes Rettig y Valech, que están ratificados y explicitados, además, en diferentes causas en contra del dictador responsable de esa época de terror.

Sin embargo, está pendiente y es necesario escuchar un gesto, una señal al menos, de parte de esos que, sin estar en el trabajo sucio, aplicando corriente a un prisionero indefenso, fueron sí los que delataron o facilitaron la comisión de esos actos.

El General Cheyre ha tenido una actitud varonil y responsable que deja una valla muy alta en materia de honorabilidad. Pero, frente a ese gesto noble, sigue persistiendo el silencio mayoritario de los que ayudaron al genocidio o la tortura como rutina habitual.

Esta crónica está escrita desde el espacio de las víctimas del Servicio Nacional de Aduanas, de esos trabajadores aduaneros que fueron exonerados, torturados o ejecutados, por cumplir una función absolutamente constitucional, más allá de su militancia personal o sus credos. Dentro del ámbito de la Hacienda pública, creo necesario reivindicar su memoria, y esto pasa por comunicar la verdad a las actuales generaciones de funcionarios del Estado, para rendirles, por su sacrificio silencioso, un sincero homenaje.